Modificación del procedimiento de Registro Profesional de Colegiados para el Visado de Proyectos

 

Ejercer la profesión implica desarrollar funciones reguladas, las recogidas en las normas que regulan las Atribuciones Profesionales de los Ingenieros Técnicos Industriales que incluyen a los nuevos Graduados en Ingeniería o funciones no reguladas, aquellas otras que forman parte de los conocimientos o competencias propias de la profesión.

Las funciones reguladas por la ley de atribuciones profesionales permite básicamente firmar diversos proyectos, actuar como director facultativo de obra, firmar certificaciones, realizar memorias técnicas, informes, peritaciones, actuar como coordinador de seguridad y salud laboral, etc.

Tanto unas como otras pueden desarrollarse de forma liberal o autónoma, mediante contratos de servicios que se suscriben con los distintos clientes, de forma asalariada o por cuenta ajena, mediante un contrato laboral firmado con una empresa y en forma de sociedad profesional de carácter monodisciplinar, si está formada exclusivamente por Graduados en Ingeniería y/o Ingenieros Técnicos Industriales o multidisciplinar, si está formada por técnicos de diversas titulaciones.

 

Registro Profesional

 

Para ejercer dichas funciones reguladas es necesario estar colegiado y además formar parte del Registro Profesional de Ingenieros del Colegio. Para ello, será necesario aportar al Colegio la siguiente documentación, que a partir de ahora podrá realizarse de forma PRESENCIAL y ONLINE utilizando la firma electrónica (DNI, IZENPE, FNMT) del Colegiado y del Apoderado/Administrador de la empresa, según el caso.

– Seguro de Responsabilidad Civil Profesional.
– Impreso de Registro Profesional de colegiados.

El Impreso de Registro Profesional de colegiado, como se ha indicado anteriormente deberá estar firmado por el Colegiado, en el caso de que actúe por cuenta propia y por el Colegiado y un Apoderado, en el caso de actué por cuenta ajena, como asalariado dentro de una empresa o en el caso de que forme parte de una sociedad profesional.

Existen dos versiones de este documento, una para el caso que el colegiado desarrolle su actividad profesional por cuenta propia – autónomo y otra para cuando el colegiado desarrolle su actividad profesional por cuenta ajena – asalariado, empresario o como miembro de una Sociedad Profesional.

Mediante estos documentos el colegiado acredita que el cumple los requisitos necesarios para el ejercicio profesional.

Para más información sobre el ejercicio profesional, accede a ¿Cómo ejercer la profesión? dentro del apartado ejercicio profesional de la web del Colegio.

Para más información sobre como Registrarte, accede al apartado de la web ¡Quieres Registrarte!

 

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