MUPITI PROFESIONAL

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¿Quién lo puede suscribir?

Mupiti Profesional es el sistema de coberturas de la Mutualidad de Previsión Social de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales a Prima fija (MUPITI) alternativo al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social (RETA). Dicho sistema está adaptado a las coberturas mínimas que exige la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social.

Pueden suscribir “Mupiti Profesional” los ingenieros técnicos industriales y los graduados en ingeniería colegiados, que inicien el ejercicio de la actividad profesional por cuenta propia y, para ello, opten por Mupiti como alternativa a la afiliación y/o alta en el RETA.

MUPITI PROFESIONAL - Mutualidad de Previsión Social de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales a Prima fija

¿Qué coberturas ofrece?

Mupiti Profesional ofrece las siguientes coberturas:

  • Jubilación.
  • Incapacidad Permanente Total, para la profesión habitual.
  • Incapacidad Permanente Absoluta, para toda profesión.
  • Incapacidad Temporal, que incluye prestaciones por maternidad, paternidad y riesgo del embarazo.
  • Fallecimiento, que puede dar lugar a prestaciones de viudedad y orfandad.

Mupiti excluirá de las coberturas de Fallecimiento, Invalidez e Incapacidad Temporal (incluyendo maternidad, paternidad y riesgo por embarazo) a los mutualistas que en el momento que opten por Mupiti como alternativa al RETA tengan una edad actuarial de 65 años o superior; lo que implica, que la totalidad de la cuota satisfecha (minorada en los recargos legales, impuestos y gastos de administración) se destinará a la cobertura de jubilación.

Asistencia Sanitaria:

De conformidad con el RD 1192/2012, de 3 de agosto, los mutualistas que opten por Mupiti como alternativa al RETA pueden disfrutar de forma gratuita de la asistencia sanitaria pública. Se exceptúan aquellos mutualistas que superen los 100.000 euros de ingresos en cómputo anual.

Para ello es necesario solicitar la correspondiente tarjeta sanitaria en el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Además, Mupiti mantiene su acuerdo de colaboración con Sanitas, a través del cual puedes acceder a un seguro privado de asistencia sanitaria en unas condiciones muy ventajosas.

Cuotas

La cuota mínima, de conformidad con la Ley 27/2011, es el 80% de la cuota del RETA. La cuota es mensual y, para el ejercicio 2013, el importe mínimo es de 205, 38 euros/mes.La cuota para años sucesivos se determina mediante un incremento del 3% sobre la cuota del ejercicio anterior.

El colegiado puede decidir aumentar el importe de la cuota mínima mensual a pagar, indicando las coberturas a las que desea destinar el aumento de la cuota.

Los mutualistas menores de 30 años o con discapacidad, que cumplan los requisitos exigidos a tal fin, podrán beneficiarse de una reducción/bonificación de la cuota mínima que va desde el 80% hasta el 30%. La reducción y/o bonificación de cuota deberá solicitarse expresamente por el mutualista y supone la reducción de las prestaciones en el mismo porcentaje En el caso de que la solicitud de reducción de cuota no coincida con la fecha de inicio de la opción por Mupiti, se entenderá que el cómputo del plazo establecido para la aplicación de dicha reducción y /o bonificación contará a partir del momento en que sea solicitada, siempre y cuando en dicho momento el mutualista reúna los requisitos exigidos.

El cómputo del plazo no se interrumpirá en el caso de que haya interrupciones derivadas de bajas en el seguro Mupiti Profesional.

El cómputo de los 30 meses no se interrumpirá en el caso de que haya interrupciones derivadas de bajas en el seguro Mupiti Profesional.

Si deseas disponer de un cálculo personalizado puedes contactar con Mupiti en el teléfono 900 820 720 o por email a secretaria@mupiti.com

¿Cuándo contratar Mupiti Profesional?

La contratación debe realizarse de forma simultánea a la tramitación de la solicitud de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas.

El contrato tendrá efectos desde la fecha en que haya tenido entrada en la Mutualidad toda la documentación requerida para el ejercicio de la opción por Mupiti.

Si el colegiado, aún pudiendo optar por MUPITI, decide causar alta en el RETA, la Administración interpreta que no podrá en el futuro optar por MUPITI como alternativa.

Video MUPITI como alternativa a RETA