Varios ingenieros técnicos industriales presentaron una reclamación a la Secretaría del Consejo para la Unidad de Mercado del Ministerio de Economía y Competividad por la posible existencia de obstáculos en materia de emisión de certificados para la obtención de licencias de segunda ocupación de vivienda en el Ayuntamiento de Torrevieja.
Dicho Ayuntamiento no consideraba a los ingenieros técnicos industriales competentes para la emisión de certificados para la obtención de la licencia de segunda ocupación.
El informe de la Secretaria del Consejo para la Unidad de Mercado considera que la reserva de actividad de firma de certificados para la solicitud de licencias de segunda ocupación debe realizarse de forma necesaria y proporcionada conforme a los artículos 5 y 17 de la Ley 20/2013 de garantía de la unidad de mercado (LGUM) incluyendo a todos los profesionales capacitados según sus conocimientos técnicos para la elaboración y firma de los mismos.
El Ayuntamiento de Torrevieja ha resuelto, en sentido positivo, aceptando los certificados para la obtención de licencias de segunda ocupación firmados por los reclamantes
Se adjutan informes de Secretaría del Consejo para la Unidad de Mercado y de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
Mas información sobre Licencias de segunda ocupación de la Comunidad Valenciana
¿Qué es la licencia de ocupación?
La licencia municipal de ocupación es un documento que aparece en la Ley 3/2004, de 30 de junio, de Ordenación y Fomento de la Calidad de la Edificación – Comunidad Valenciana, y tiene por objeto comprobar la adecuación de las mismas a la normativa de aplicación, en función del uso y características de los edificios.
¿Cuando es necesario la licencia de segunda ocupación?
Si transcurridos diez años desde la obtención de la primera licencia de ocupación será necesaria cuando se produzca la segunda o posteriores transmisiones de la propiedad o cuando sea necesario formalizar un nuevo contrato de suministro de agua, gas o electricidad.
¿Cómo obtengo la licencia de segunda ocupación?
Para obtener la licencia de segunda ocupación, los propietarios deberán solicitarla al ayuntamiento, aportando certificado (planos y anexo fotográfico) del facultativo competente, de que el edificio o, en su caso, la parte del mismo susceptible de un uso individualizado, se ajusta a las condiciones que supusieron el otorgamiento de la primera o anterior licencia de ocupación a la que se solicita.
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