Ante la publicación del Real Decreto 1000/2010, de 5 de agosto, sobre visado colegial obligatorio, el Colegio se muestra en total desacuerdo con la supresión del visado en los trabajos que afectan a nuestro colectivo porque considera que se priva al consumidor de una garantía profesional, la que no viene sustituida de forma clara por ninguna alternativa de las mencionadas en el Real Decreto. Por lo tanto, nuestra institución hace las siguientes consideraciones:
1. El Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Bizkaia (COITIBI) recomienda sin lugar a dudas, que los colegiados aconsejen a sus clientes la conveniencia del visado como garantía profesional que vela por la integridad y seguridad de las personas y las instalaciones, dado que es una garantía en tanto que es un servicio de comprobación administrativa y supervisión realizada por una corporación de derecho público como son los Colegios Profesionales.
2. El COITIBI considera, el visado como el mejor y más proporcionado instrumento de control para luchar contra el intrusismo profesional, sobre todo, ahora que se están implantando las declaraciones responsables mediante las cuales los interesados declaran, bajo su responsabilidad, que cumple con todos los requisitos establecidos por la normativa vigente para ejercer, por ejemplo, una actividad.
3. El COITIBI recuerda, que mediante el visado se comprueba que el colegiado dispone de un seguro de responsabilidad civil profesional, está debidamente habilitado y es competente en la materia, informaciones que son una garantía para el consumidor y usuario, es decir el Colegio sirve a la sociedad acreditando la idoneidad de los profesionales y de su trabajo, mediante la colegiación, el visado y la vigilancia ética. La ausencia de este servicio, deberá asumirlo la Administración y será más caro.
4. Los trabajos profesionales que incorporen documentos de distintos técnicos (véase proyectos de ejecución de edificios que incorporan, a su vez, proyectos de instalaciones complejas suscritas por Ingenieros Técnicos Industriales) podrán ser visados por un solo Colegio. En la práctica, nada impedirá, que todo ello, sea realizado por un profesional que carezca de la especialidad y los conocimientos necesarios para elaborar cada uno de los documentos que conforman esa unidad documental.
5. El COITIBI, a través del Consejo General COGITI valorará la posibilidad de emprender las acciones legales pertinentes y si caso, presentar el oportuno recurso contencioso administrativo contra un Real Decreto que entendemos, perjudica claramente la seguridad de los destinatarios del servicio profesional, los consumidores y usuarios y la ciudadanía en general, así como de los mismos profesionales colegiados, la profesión y al Colegio como representante de ésta.
El Colegio informará puntualmente de todas las novedades que se vayan produciendo en adelante, y está trabajando para adaptar su funcionamiento a esta nueva regulación e informar de ello en más detalle, quedando en todo caso a tu disposición para resolver cualquier duda.