Entrada en vigor del Documento Básico de Protección frente al ruido

La norma se aplicará a los edificios nuevos, tanto los destinados a viviendas, como los de uso sanitario, docente, administrativo o sociocultural. Para verificar el cumplimiento de esta nueva normativa se recurrirá a las mediciones en obra terminada.

Las principales medidas del Documento Básico de Protección frente al ruido son:

Aislamiento contra el ruido.
Mejora de los niveles de aislamiento aumentando las exigencias hasta en más de tres veces, equiparándonos al resto de países de nuestro comunitario. Así, se incrementan los niveles de aislamiento a ruido aéreo y a ruido de impacto exigidos entre recintos pasando de 45 decibelios en laboratorio a 50 decibelios efectivos.

Verificación y Controles.
Verificación del cumplimiento de las exigencias de aislamiento que recoge la normativa mediante parámetros verificables en una medición en las obras.

Extensión a todos los elementos constructivos.
Las exigencias afectarán a la totalidad de los elementos construidos de un recinto (tabiques, forjados, cubiertas y fachadas) y no sólo al elemento de separación entre los recintos como venía siendo hasta ahora.

Condiciones acústicas.
Se somete a regulación el eco y las malas condiciones acústicas, a través de la cuantificación del tiempo de reverberación en recintos como aulas, comedores, restaurantes y salas de conferencias.

Nuevas reglas constructivas para minimizar ruidos de obras.
Se introducen nuevas reglas constructivas para disminuir el ruido de las instalaciones de fontanería y saneamiento, bajantes, ascensores, etc. y métodos y prácticas para minimizar la transmisión de ruido y vibraciones provocadas por las instalaciones.

Compártenos

Deja un comentario

1 estrella2 estrellas3 estrellas4 estrellas5 estrellas (Ninguna valoración todavía)
Cargando...