Esta nueva Ley obliga a las Sociedades, cuyo objeto social sea el ejercicio de la actividad profesional propia de los Ingenieros Técnicos Industriales, a adaptarse a los nuevos requisitos legales, entre ellos, a inscribirse en el Registro Mercantil y en el nuevo Registro Colegial constituido, según acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 18 de diciembre de 2007 y publicado en BOPV nº 34, de 18 de febrero de 2008.
A partir de 16 de diciembre de 2008 las Sociedades Profesionales que no se hayan adaptado e inscrito en el Registro Mercantil quedarán disueltas, procediendo el Registrador a la cancelación de los asientos correspondientes a la mencionada sociedad.
En la Web del Colegio dispones del texto completo de la Ley 2/2007, de 15 de marzo, de Sociedades Profesionales y Reglamento del Registro de Sociedades Profesionales del C.O.I.T.I. de Bizkaia.