Información pública para el anteproyecto de Ley de Residuos y de suelos Contaminados

El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, ha dado luz verde al anteproyecto de Ley de Residuos y Suelos Contaminados. La futura ley tiene previsto actualizar los objetivos de reutilización y reciclaje de residuos, así como la prohibición y limitación de productos de plástico de un solo uso.

¿Qué situación se regula?

Revisar la normativa de residuos y suelos contaminados con el fin de cumplir con los nuevos objetivos establecidos en las nuevas directivas de residuos que conforman el Paquete de Economía Circular, así como con los nuevos objetivos derivados de la directiva de plásticos de un solo uso que deriva de la "Estrategia Europea para el plástico en una economía circular.

¿Cuál es la finalidad?

Los objetivos que persigue la ley son:

  • Establecer medidas destinadas a proteger el medio ambiente y la salud humana, mediante la prevención y reducción de la generación de residuos y de sus impactos adversos en el medio ambiente, y mediante la reducción del impacto global del uso de los recursos y la mejora de su eficiencia.
  • Prevenir y reducir el impacto de determinados productos de plástico en el medio ambiente, en particular el medio acuático y en la salud humana.

Principales novedades de la futura ley

  • La revisión de la responsabilidad ampliada del productor (RAP) en coherencia con la normativa europea, incluyendo una previsión para su aplicación en textiles y plásticos agrarios no envases 5 años después de la entrada en vigor de la Ley.
  • La revisión del régimen sancionador, incluyendo nuevas infracciones y actualizando sanciones.
  • Nuevas definiciones y revisión del ámbito de aplicación.
  • El impulso de la economía circular a través de la revisión de los procedimientos de subproducto y fin de condición de residuo, habilitando la posibilidad de desarrollo a nivel autonómico.
  • Reforzamiento de la jerarquía de residuos mediante la inclusión de la obligación por parte de las administraciones de adoptar instrumentos económicos.

Novedades fiscalidad ambiental

Para incentivar la economía circular, se introduce un nuevo impuesto sobre los envases de plástico no reutilizables. El tipo impositivo será de 0,45 euros por kilogramo de envase. Se tratará de una tasa indirecta y recaerá sobre la fabricación, importación o adquisición intracomunitaria.

Novedades en prevención

  • Objetivos de reducción de la generación de residuos a medio y largo plazo.
  • Medidas para reducir los residuos alimentarios, favoreciendo en primer lugar la donación de alimentos y otros tipos de redistribución de alimentos.
  • Prohibición de destrucción de excedentes no perecederos.
  • Medidas para reducir el consumo agua embotellada en envase de un solo uso.

Novedades en gestión de residuos

Calendario de recogida separadas obligatorio para nuevos flujos de residuos (textiles, domésticos peligrosos, aceites de cocina usados), adelantándolo para biorresiduos.
Incorporación de objetivos de preparación para la reutilización y reciclado comunitarios para los residuos municipales (55% en 2025, 60% en 2030 y 65% en 2035), diferenciando un porcentaje de preparación para la reutilización. Se traslada el cumplimiento a las Comunidades Autónomas.
Revisión de las obligaciones de la producción y gestión de residuos, así como las específicas para algunos flujos de residuos como biorresiduos, aceites usados y residuos de construcción y demolición.

Novedades en plásticos

  • Nuevas obligaciones recogidas a nivel comunitario manteniendo los calendarios establecidos en la Directiva. Para los artículos para los que se deja margen al Estado en cuanto a cómo conseguir su reducción, se ha fijado un calendario y se prohíbe la distribución gratuita a partir de 2023.
  • Introducción de medidas para artículos de plástico no compostable no incluidos en la normativa comunitaria (artículos monodosis, anillas de plástico, palitos de plástico) para equiparar el nivel de ambición con las medidas adoptadas por diferentes Comunidades Autónomas, respetando las limitaciones existentes en la Directiva de envases y residuos de envases.
  • La prohibición del uso de cosméticos y detergentes que contengan microplásticos añadidos intencionadamente, adelantándose a la decisión a nivel comunitario.

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