Para paliar las posibles consecuencias que la emergencia sanitaria pueda causar, el Gobierno ha adoptado, mediante distintas disposiciones normativas, diversas medidas de carácter excepcional, con el objetivo de proteger y respaldar a las empresas, PYMES y autónomos.
Financiación
Con el objetivo de continuar facilitando liquidez a las mismas para desarrollar sus proyectos. Estas medidas de garantía de liquidez pretenden sostener la actividad económica ante las dificultades transitorias surgidas como consecuencia de la situación generada por el COVID-19.
Seguridad Social
Autónomos
Para facilitar el pago de las deudas tributarias, mediante estas medidas se flexibilizan los plazos para el pago, tanto en período voluntario como en período ejecutivo, así como el pago derivado de los acuerdos de aplazamiento y fraccionamiento
Empresas
Tienen por objeto aliviar la tensión financiera generada por la reducción considerable de la actividad o su suspensión. En esta línea se establece una moratoria de las cotizaciones sociales a la Seguridad Social, el aplazamiento de deudas con la Seguridad Social y se facilita la gestión digital de trámites y medidas de flexibilización de los mecanismos de ajuste temporal de actividad para evitar despidos. Las medidas adoptadas en materia de suspensión temporal de contratos y reducción temporal de la jornada (ERTE) persiguen evitar que una situación coyuntural como la actual tenga un impacto negativo de carácter estructural sobre el empleo.
Este tipo de medidas, al flexibilizar y agilizar los procedimientos de regulación de empleo, contribuyen a aminorar el impacto negativo sobre el empleo y la actividad económica, dado que se priorizará el mantenimiento del empleo sobre la extinción de los contratos.
Medidas fiscales
Para facilitar el pago de las deudas tributarias, se flexibilizan los plazos, tanto en período voluntario como en período ejecutivo, así como el pago derivado de los acuerdos de aplazamiento y fraccionamiento.
Documentos Adjuntos