En documento adjunto a esta comunicación se recogen diversos criterios que se deben seguir para la tramitación delas instalaciones eléctricas de recarga de vehículo eléctrico (RVE) en garajes comunitarios.
Entre ellos podemos encontrar;
EXIGENCIA DE PROYECTO
Se exigirá proyecto cuando la instalación que se alimenta desde un contador principal supere la potencia indicada en el reglamento, de 50 kW para instalaciones en interior y de 10 kW para las de exterior.
En general se seguirán los siguientes criterios:
– Esquema 1:
Hay un contador principal del que derivan las instalaciones de recarga. Se exigirá proyecto cuando se supere esa potencia, directamente o tras sucesivas ampliaciones.
– Esquema 2:
Instalación individual con contador común para la vivienda y la recarga. En este caso se exigirá proyecto sólo cuando la instalación de recarga sea superior a esa potencia.
– Esquema 3 y 4:
Instalación de recarga con su propio contador o circuito. Sólo hará falta proyecto cuando la instalación individual de recarga supere esa potencia.
Documentos Adjuntos