Obras sin proyecto y como realizar la coordinación de seguridad y salud

Definición de obra

La Guía Técnica del Real Decreto 1627/1997, en el apartado a) de su artículo 2.1, define obra de construcción como cualquier obra, pública o privada, en la que se efectúen trabajos de construcción o ingeniería civil.

Las obras sin proyecto son aquellas en las que no es exigible la realización de un proyecto para la tramitación administrativa. Ejemplos de este tipo de obras pueden ser; revoco y pintura de fachadas, patios, montaje y desmontaje de instalaciones, bajantes o canalones, reparaciones en aceras, pequeñas reparaciones de cubiertas de edificios, pequeñas rehabilitaciones en oficinas, locales, etc., refuerzos de estructuras en edificios, obras por roturas en las conducciones, reparaciones por desprendimientos de cornisas o elementos de fachada, etc.

¿Es necesaria la intervención del coordinador en las obras sin proyecto?

En 2008, la Dirección General de Trabajo emitió el "Informe sobre la obligatoriedad de designación de coordinador de seguridad y salud en las obras de construcción que carecen de proyecto de ejecución". En él se afirma que, tras la entrada en vigor del Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales, la existencia de coordinador de seguridad y salud debe ser ajena a que exista o no proyecto.

Se debe designar coordinador en cualquier obra, posea o no proyecto, en la que intervengan más de una empresa, una empresa y un trabajador autónomo o varios trabajadores autónomos.

Diferencia en la gestión de obras con proyectos o sin él

La única diferencia para el coordinador de seguridad y salud está en los trámites formales previos al inicio de la obra, pues una vez comenzada ésta, sus funciones son idénticas a las propias de una obra con proyecto, con la salvedad de que el seguimiento no lo hará en principio, a través del libro de incidencias, sino a través cualquier otro soporte documental.

De cualquier manera, el Libro de incidencias podrá solicitarse en nuestro Colegio como "otro soporte documental" por aquel que coordinador que lo desee.

Esos trámites iniciales serían, ordenados de forma cronológica, los siguiente:

1. Elaboración del análisis de la obra, por parte del promotor.

Esto requerirá recoger información sobre los riesgos y las medidas preventivas relativas a la obra, prestando especial atención a los riesgos que se puedan generar como consecuencia del emplazamiento de ésta y a aquéllos que surjan por la presencia simultánea de distintas empresas y trabajadores autónomos. En dicho análisis también se deberán detallar los procedimientos de trabajo necesarios.

En la fase de contratación, el promotor debe determinar la persona o personas encargadas de dirigir, coordinar y supervisar la ejecución. Además, si prevé que en la ejecución de la obra va a intervenir más de una empresa, o una empresa y trabajadores autónomos o diversos trabajadores autónomos, deberá nombrar un coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución.

El promotor podrá contratar con una o varias empresas la ejecución de la totalidad o de parte de la obra, adquiriendo estas empresas la respectiva consideración de contratistas.

 

OBRAS SIN PROYECTO

 

2. Documento del gestión preventiva de la obra, realizado por el contratista. ¿Qué se recomienda considerar al respecto de este documento?

a) Incluir las medidas necesarias para garantizar la seguridad y salud de la totalidad de los trabajadores dependientes de contratista, de forma directa o por subcontrata.

b) Facilitar la aplicación coherente y coordinada de los procedimientos de trabajo que pondrán en práctica las empresas. Por ello, se pondrá especial énfasis en la concurrencia de las diferentes empresas y trabajadores autónomos. En esencia, este documento de gestión preventiva se considera clave para llevar a cabo la referida gestión y en él se mostrarán los procedimientos de trabajo que deberán implementarse durante sus distintas fases. Incluirán también las medidas necesarias para actuar en caso de emergencia.

c) Como el plan de seguridad y salud, el documento de gestión preventiva deberá ser el instrumento de identificación de riesgos, estableciendo las medidas preventivas aplicables al conjunto de todos los trabajadores y de empresas dependientes del contratista.

d) Las principales fuentes de información necesarias para la elaboración del documento serán: el plan de prevención de riesgos laborales, elaborado por cada empresa (como origen de los procedimientos de trabajo de cada una de ellas); y las correspondientes evaluaciones de riesgos (con sus consiguientes planificaciones de las actividades), elaboradas por cada empresa respecto a sus propios trabajadores. Por su parte, los trabajadores autónomos aportarán la información sobre el procedimiento de trabajo que tengan previsto desarrollar en la obra.

3. Supervisión del documento de gestión por el técnico que desarrolle las labores de coordinación.

El seguimiento de las medidas establecidas en él, se realizará, en principio, como hemos dicho anteriormente, a través de cualquier otro soporte documental, distinto al libro de incidencias. De cualquier manera, el Libro de incidencias podrá solicitarse en nuestro Colegio como "otro soporte documental" por aquel que coordinador que lo desee.

En ambos casos, obras con proyecto o sin él, también conviene celebrar reuniones, impartir instrucciones o realizar visitas a obra. La supervisión tendrá que encaminarse a los riesgos por concurrencia de empresas y a la implantación de medidas tendentes a minimizar o eliminar dichos riesgos.

Para el cumplimiento de las funciones del coordinador de seguridad y salud, éste tomará como base lo establecido en el documento de gestión preventiva a las circunstancias concretas, supervisando el técnico dicha modificación o adaptación.

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