GASTOS SUBVENCIONABLES:
- La creación de una empresa creativa.
- El desarrollo de un proyecto creativo en una empresa creativa existente, con el objeto de incrementar su facturación y/o empleo, mediante la apertura de una nueva área de negocio o su introducción en nuevos mercados.
- En este sentido no tendrá considerará hecho subvencionable aquellos proyectos que no supongan una clara diversificación de la actividad de la empresa.
- El lanzamiento comercial en mercados internacionales de productos ya desarrollados, en el caso de empresas creativas existentes.
BENEFICIARIOS:
Las empresas creativas que desarrollen su actividad principal en las áreas de diseño industrial, audiovisual, videojuegos y moda, y cumplan los siguientes requisitos:
- Estar legalmente constituidas como sociedad mercantil o cooperativa a fecha de presentación de la solicitud.
- Tener una plantilla entre 3 y 100 personas a fecha de presentación de la solicitud.
- No superar, al menos uno de los dos límites siguientes, según la última declaración del impuesto sobre sociedades presentada: 20.000.000 euros de volumen anual de negocio y 20.000.000 euros de balance general.
- Tener su domicilio social y fiscal en el Territorio Histórico de Bizkaia.
PLAZO:
14 de marzo de 2014.
Documentos Adjuntos