Proyecto de Real Decreto por el que se regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero

 

La redacción de este nuevo real decreto que regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero tiene la finalidad de impulsar el tránsito hacia una economía circular, dando prioridad a la prevención de residuos, la preparación para la reutilización y el reciclado.

Objetivos de la modificación

La nueva norma que se pretende aprobar tiene un doble objetivo:

  • Ajustar la legislación nacional sobre vertederos a la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, al haber sido ésta promulgada con posterioridad a la normativa española relativa al vertido de residuos, en concreto el Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre. El objetivo es garantizar que el depósito de residuos en vertedero se realiza sin poner en riesgo la salud de las personas y el medio ambiente, priorizando otras opciones de gestión de residuos situadas en las primeras posiciones del principio de jerarquía, y el control de los vertederos en funcionamiento en España.
  • Transponer al derecho interno la Directiva (UE) 2018/850 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018 por la que se modifica la Directiva 1999/31/CE relativa al vertido de residuos, incorporando los nuevos mandatos y obligaciones que se derivan de ésta.

Principales modificaciones

Las principales modificaciones introducidas en la futura norma son las siguientes:

  • Se refuerza la obligación de tratamiento previo de los residuos, especificando el alcance de lo que debe entenderse por tratamiento previo para el caso de los residuos municipales y establecer criterios que permitan valorar la eficiencia del tratamiento previo de los mismos, emplazándose a un posterior desarrollo mediante orden ministerial.
  • Incorporación de los objetivos de reducción del vertido de residuos municipales que se establecen en la Directiva (UE) 2018/850, en el contexto del impulso al tránsito a la economía circular.
  • Previsión de la elaboración de una relación de residuos que no se aceptarán en vertedero por tratarse de residuos aptos para el reciclado u otro tipo de valorización, compromiso que se plasmará en una orden ministerial antes del año 2023.
  • – Incorporación de la prohibición de diluir o mezclar residuos con la finalidad de cumplir con los criterios de admisión de residuos en vertedero. Dicha prohibición no fue transpuesta al RD 1481/2011, de 27 de diciembre, habiéndose detectado la existencia de este tipo de prácticas en los últimos años y resultando del todo necesario su pronta erradicación.
  • Exigir al productor de residuos la obligación de suministrar a la entidad explotadora del vertedero información adecuada sobre los residuos, así como sobre el tratamiento previo a que han sido sometidos.
  • Establecimiento de las normas de cálculo de los objetivos de vertido, que comprende en un anexo específico las reglas de cálculo y los mecanismos de control de la calidad y trazabilidad de los datos que han de emplearse para el cálculo de dichos objetivos.
  • Fijación del régimen de los costes de vertido, contabilizando la totalidad de los costes directos, indirectos y aquellos que se puedan producir en el dilatado periodo de tiempo postclausura. Dentro de los costes indirectos, se han contabilizado aquellos ligados a la emisión de gases de efecto invernadero procedentes de los vertederos y que se calcularán conforme a un anexo específico.
  • Se establece la utilización por parte de las administraciones competentes de los instrumentos económicos para incentivar la aplicación del principio de jerarquía de residuos y la promoción de la economía circular. Las cantidades que se recauden con cargo a dichos instrumentos económicos tendrán un carácter finalista.
  • Se elimina la posibilidad de devoluciones anticipadas de fianzas o garantías financieras con las que hacer frente a los costes de vigilancia y mantenimiento en el periodo postclausura.
  • Se refuerza el régimen de las inspecciones periódicas de las instalaciones de vertido por parte de las autoridades competentes, detallando en un anexo específico el alcance y la periodicidad mínimos de las inspecciones.

Todos aquellos interesados pueden hacer llegar sus opiniones rellenando el formulario que se especifica en la página del MITECO.

 

Documentos Adjuntos

  • Proyecto residuos mediante depósito en vertedero
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