La redacción de este nuevo real decreto que regula la eliminación de residuos mediante depósito en vertedero tiene la finalidad de impulsar el tránsito hacia una economía circular, dando prioridad a la prevención de residuos, la preparación para la reutilización y el reciclado.
Objetivos de la modificación
La nueva norma que se pretende aprobar tiene un doble objetivo:
- Ajustar la legislación nacional sobre vertederos a la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, al haber sido ésta promulgada con posterioridad a la normativa española relativa al vertido de residuos, en concreto el Real Decreto 1481/2001, de 27 de diciembre. El objetivo es garantizar que el depósito de residuos en vertedero se realiza sin poner en riesgo la salud de las personas y el medio ambiente, priorizando otras opciones de gestión de residuos situadas en las primeras posiciones del principio de jerarquía, y el control de los vertederos en funcionamiento en España.
- Transponer al derecho interno la Directiva (UE) 2018/850 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018 por la que se modifica la Directiva 1999/31/CE relativa al vertido de residuos, incorporando los nuevos mandatos y obligaciones que se derivan de ésta.
Principales modificaciones
Las principales modificaciones introducidas en la futura norma son las siguientes:
- Se refuerza la obligación de tratamiento previo de los residuos, especificando el alcance de lo que debe entenderse por tratamiento previo para el caso de los residuos municipales y establecer criterios que permitan valorar la eficiencia del tratamiento previo de los mismos, emplazándose a un posterior desarrollo mediante orden ministerial.
- Incorporación de los objetivos de reducción del vertido de residuos municipales que se establecen en la Directiva (UE) 2018/850, en el contexto del impulso al tránsito a la economía circular.
- Previsión de la elaboración de una relación de residuos que no se aceptarán en vertedero por tratarse de residuos aptos para el reciclado u otro tipo de valorización, compromiso que se plasmará en una orden ministerial antes del año 2023.
- – Incorporación de la prohibición de diluir o mezclar residuos con la finalidad de cumplir con los criterios de admisión de residuos en vertedero. Dicha prohibición no fue transpuesta al RD 1481/2011, de 27 de diciembre, habiéndose detectado la existencia de este tipo de prácticas en los últimos años y resultando del todo necesario su pronta erradicación.
- Exigir al productor de residuos la obligación de suministrar a la entidad explotadora del vertedero información adecuada sobre los residuos, así como sobre el tratamiento previo a que han sido sometidos.
- Establecimiento de las normas de cálculo de los objetivos de vertido, que comprende en un anexo específico las reglas de cálculo y los mecanismos de control de la calidad y trazabilidad de los datos que han de emplearse para el cálculo de dichos objetivos.
- Fijación del régimen de los costes de vertido, contabilizando la totalidad de los costes directos, indirectos y aquellos que se puedan producir en el dilatado periodo de tiempo postclausura. Dentro de los costes indirectos, se han contabilizado aquellos ligados a la emisión de gases de efecto invernadero procedentes de los vertederos y que se calcularán conforme a un anexo específico.
- Se establece la utilización por parte de las administraciones competentes de los instrumentos económicos para incentivar la aplicación del principio de jerarquía de residuos y la promoción de la economía circular. Las cantidades que se recauden con cargo a dichos instrumentos económicos tendrán un carácter finalista.
- Se elimina la posibilidad de devoluciones anticipadas de fianzas o garantías financieras con las que hacer frente a los costes de vigilancia y mantenimiento en el periodo postclausura.
- Se refuerza el régimen de las inspecciones periódicas de las instalaciones de vertido por parte de las autoridades competentes, detallando en un anexo específico el alcance y la periodicidad mínimos de las inspecciones.
Todos aquellos interesados pueden hacer llegar sus opiniones rellenando el formulario que se especifica en la página del MITECO.
Documentos Adjuntos