Después de casi tres años desde el inicio de este litigio con el Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras de Gobierno Vasco, por fin se ha reconocido, por parte del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Bilbao, a los graduados en ingeniería como técnicos competentes habilitados para obtener el carnet de instalador de instalaciones de protección contra incendios.
Esta Sentencia se hizo firme, es decir, no recurrible el pasado 30 de septiembre de 2020 y en estos momento el colegiado se encuentra realizando los tramites oportunos para la obtención definitiva de su carnet de instalador de protección contra incendios emitido por el Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras de Gobierno Vasco.
Fue en el año 2017 cuando el Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras de Gobierno Vasco afirmó de que la formación acreditada por nuestro colegiado de Grado en Ingeniería Electrónica Industrial y Automática "no se consideraba suficiente para la habilitación como técnico competente en el ámbito de instalaciones de protección contra incendios".
De acuerdo con la Orden CIN/351/2009, de 9 de febrero, por la que establecen los requisitos para la verificación de títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de ingeniero técnico industrial, tanto la titulación de ingeniero graduado en ingeniería en electrónica industrial y automática, de la que es portador el colegiado, como las de graduado en ingeniería eléctrica, graduado en ingeniera mecánica, como graduado en ingeniería química tienen las mismas atribuciones profesionales y todas ellas habilitan para el ejercicio de la profesión de Ingeniero Técnico Industrial.
El Decreto 63/2006, de 14 de marzo, por el que se regulan los carnés de cualificación individual y las empresas autorizadas en materia de seguridad Industrial establece en su artículo 19, que los técnicos titulados competentes en materia de industria, tienen acceso directo al carnet de instalador presentando una copia compulsada del título ante la Delegación Territorial de Industria.
Siendo los ingenieros técnicos industriales competentes para la obtención del carnet de forma directa presentando únicamente el título y estando los graduados en ingeniería en electrónica industrial y automática, ingeniería eléctrica, ingeniería mecánica e ingeniería química habilitados para el ejercicio de la profesión de ingeniero técnico industrial resulta claro considerar al colegiado demandante de la sentencia en cuestión, habilitado como técnico competente en el ámbito de instalaciones de protección contra incendios.
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