Últimas actuaciones de la CNMC sobre los Informes de Evaluación de Edificios

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha emitido una nota de prensa, que entre otros aspectos, menciona detalladamente sus actuaciones y logros en lo referente a los Técnicos Competentes que pueden realizar los Informes de Evaluación de Edificios.

Es de resaltar la sentencia que permite que los Ingenieros e Ingenieros Técnicos podamos emitir IEEs, e impide la exclusividad de los Arquitectos y Arquitectos Técnicos en la emisión de los mismos.

Es la primera sentencia relativa a la Ley 20/2013, de Garantía de Unidad de Mercado (LGUM) y de reserva de actividad, y aplicable en toda España, y por ello es una sentencia importantísima.

La citada Ley 20/2013 señala que "Todas las autoridades competentes velaran, en las actuaciones administrativas, disposiciones y medios de intervención adoptados en su ámbito de actuación, por la observancia de los principios de no discriminación, cooperación y confianza mutua, necesidad y proporcionalidad de sus actuaciones, eficacia en todo el territorio nacional de las mismas, simplificación de las cargas y transparencia"

Por otro lado se indica en en la Ley 20/2013 que las autoridades no pueden establecer límites al acceso a una actividad económica o su ejercicio, o exigir el cumplimiento de unos requisitos, salvo que razones de imperioso interés general lo exijan. Estos límites tienen que ser proporcionados y habrá de ser de tal manera que no exista otro medio menos restrictivo o distorsionador para la actividad económica.

En el caso que nos ocupa, se restringe la elaboración de los Informes de Evaluación de Edificios a los arquitectos y arquitectos técnicos, sin haber acreditado la administración competente la existencia de una razón de orden público, de seguridad pública, de salud pública o de protección del medio ambiente, que justificase una reserva de actividad a una titulación o titulaciones concretas, con exclusión de las demás, en lugar de optar por la vinculación a la capacitación técnica del profesional en cuestión.

Por ello la Audiencia Nacional, estima el recurso de la CNMC, dejando sin efecto la actuación restrictiva de una administración pública que permitía únicamente elaborar estos informes a determinados profesionales, y ampliando por tanto la elaboración de los mismos a los ingenieros técnicos industriales.

Igualmente, la nota, menciona la existencia de más procedimientos abiertos al respecto de la Unidad de Mercado, y sobre la exclusividad de intervención de algunos profesionales, en detrimento de otros.

Además, en la nota de prensa, se menciona que interpondrán recurso contencioso-administrativo contra el decreto de la Conselleria d’Habitatge, Obres Públiques i Vertebració del Territori de la Comunitat Valenciana mediante el que solo arquitectos y arquitectos técnicos pueden redactar los informes de evaluación de edificios (IEEs).

Se trata de una buena noticia, ya que la CNMC, además de emitir informes favorables a las tesis que siempre hemos defendido desde nuestras organizaciones en relación a los Informes de Evaluación de Edificios, ha empezado a realizar actuaciones judiciales para eliminar las barreras incomprensibles que aún persisten relativas a la exclusividad de Arquitectos y Arquitectos Técnicos.

 

Documentos Adjuntos

  • Nota de Prensa – CNMC
  • Sentencia Favorable IEE
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