SEGURO RC INSTALADORES

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¿Quién puede solicitar este seguro?

El Colegio pone a disposición de sus colegiados una póliza específica con importantes descuentos en cuanto a primas y coberturas para empresas instaladoras, ya sean sociedades o autónomos con o sin empleados.

  • Sociedades: bastará con que uno de los socios y/o empleados sea colegiado y asegurado en la póliza de RC Profesional del Colegio de Ingenieros Técnicos Industriales de Bizkaia.
  • Autónomo con más tres empleados: El autónomo ha de ser colegiado y asegurado en la póliza de RC Profesional del Colegio de Ingenieros Técnicos Industriales de Bizkaia.
  • Autónomo con un máximo de tres empleados: El autónomo ha de ser colegiado, y asegurado en la póliza de RC Profesional del Colegio de Ingenieros Técnicos Industriales de Bizkaia.

Para más información y contratación del seguro, ponte en contacto con el Departamento de Colegios Profesionales de Aon Gil y Carvajal, S.A., llamando a 902 20 88 20 o al email: colegios@aon.es.

¿Que actividades están cubiertas?

Las indicadas en el Decreto 63/2006, de 14 de marzo, del Gobierno Vasco, por el que se regulan los carnés de cualificación individual y las empresas autorizadas en materia de seguridad industrial y otras normativas que la desarrollan, tales como:

  • Instalación, montaje, reparación y mantenimiento de instalaciones eléctricas y de telecomunicaciones.
  • Instalación y mantenimiento de instalaciones térmicas, de calefacción, climatización, fontanería y aire acondicionado en edificios. Se incluyen trabajos de frío industrial, equipos a presión e instalación y mantenimiento de instalaciones de energías renovables (solar, fotovoltaica, biomasa y geotérmica).
  • Instalaciones de Productos Petrolíferos Líquidos (PPL) y almacenamiento de productos químicos.
  • Instalación, montaje, reparación y mantenimiento de Gas.
  • Instalaciones de protecciones contra incendios.
  • Aparatos elevadores.

Garantías y límites de indemnización

Mupiti Profesional ofrece las siguientes coberturas:

  • Responsabilidad Civil derivada del desarrollo de la actividad.
  • Perjuicios Patrimoniales Primarios (hasta 30.000 euros por siniestro)
  • Responsabilidad Civil Post trabajos
  • Responsabilidad Civil Patronal, por accidentes de trabajo: Sublímite para daños personales por víctima: 150.000 €
  • Responsabilidad Civil Cruzada (solo personales)
  • Responsabilidad Civil Locativa: Sublímite máximo para RC Locativa: 300.000 €
  • Fianzas y Defensa

Condiciones particulares

  • Seguro RC Sociedades Instaladoras
    Condiciones del Seguro de Responsabilidad Civil para empresas instaladoras, tipo sociedades, ya sean tipo S.A., S.L., etc. y autónomos con más de tres empleados.
  • Seguro RC Instaladores Autónomos
    Condiciones del Seguro de Responsabilidad Civil para autónomos instaladores con tres empleados como máximo.