Se establecen dos tipologías de ayudas:
- Proyectos de producción de energía térmica con fuentes renovables, incluyendo instalaciones de producción de gases renovables, como, por ejemplo, bombas de calor o sistemas de energía solar de concentración para aportar calor a procesos industriales, reduciendo emisiones y mejorando la competitividad de los sectores.
- Proyectos de generación eléctrica con fuentes renovables, como pueden ser proyectos eólicos o fotovoltaicos con almacenamiento o para autoconsumo.
A partir de estas dos bases reguladoras, se podrán realizar diversas convocatorias en función del territorio y tipología de tecnología. Podrán presentarse a las convocatorias personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, que vayan a realizar un proyecto acorde con estas especificaciones. También podrán solicitar subvenciones comunidades de bienes, comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades de propietarios y otras agrupaciones que puedan llevar a cabo la actuación de la ayuda.
El importe de la ayuda, que no podrá exceder de 50 millones, se determinará en cada una de las convocatorias y de acuerdo a criterios como la potencia instalada asociada al proyecto.
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