Con fecha de 7 de noviembre de 2019 se presentó escrito ante la Secretaría del Consejo para la Unidad de Mercado denunciando una carta remitida por el Sr. Puigdengolas Rosas, Decano del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de la Comunitat Valenciana, a la Sra. Felip Torrent, Presidenta del Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Secretarios de la Administración Local de Valencia.
En sus conclusiones la CNMC considera que el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de la Comunidad Valenciana con sus interpretaciones de las competencias profesionales de los Ingenieros Técnicos Industriales ha realizado una restricción de acceso a la actividad económica contraria a lo que se dispone en los artículos 5 de la LGUM y 11 de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.
No habiendo fundado, en ningún caso, dicha restricción en una razón imperiosa de interés general, lo que hace que la misma no tenga justificación alguna. Asimismo, también señala contrariedad a los principios de garantía de la Unidad de Mercado, y de forma más concreta, a los principios de necesidad y proporcionalidad.
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