A raíz de una solicitud ante el Departamento de Gobernanza Publica y Autogobierno de varios Colegios Profesionales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en la que se exigía que el personal empleado público estuviera colegiado para el ejercicio de las profesiones de colegiación obligatoria, la respuesta ha sido la siguiente:
"El personal empleado público que desempeñe los puestos de trabajo que requieran poseer un título que habilita para el ejercicio de una profesión regulada deberán estar colegiados."
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