Proyecto de real decreto que modificará la normativa estatal sobre pilas, acumuladores y residuos de AEE

La primera de las disposiciones modifica el apartado 3 del artículo 17 del Real Decreto 646/2020, de 7 de julio, por el que se regula el depósito de residuos en vertedero para precisar la participación de las entidades colaboradoras en la inspección exactamente en los mismos términos recogidos en el artículo 43.3 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, de forma que quede claro que estas han de servir de apoyo a las autoridades competentes de las comunidades autónomas en sus competencias en materia de inspección.

La segunda de las disposiciones finales tiene como objetivo modificar el Real Decreto 818/2018, de 6 de julio, sobre medidas para la reducción de las emisiones nacionales de determinados contaminantes atmosféricos, al objeto de completar la incorporación al ordenamiento jurídico español de todas las previsiones contenidas en la Directiva 2016/2284 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de diciembre de 2016, relativa a la reducción de las emisiones nacionales de determinados contaminantes atmosféricos, por la que se modifica la Directiva 2003/35/CE y se deroga la Directiva 2001/81/CE. Así la modificación introducida en el Real Decreto 818/2018, de 6 de julio, consiste en incorporar una nueva letra e) al artículo 6, apartado 4, en el que se cite expresamente que el Reino de España, cuando sea necesario, realizará consultas transfronterizas con otros Estados miembros para la elaboración, adopción y aplicación de los programas nacionales de control de la contaminación atmosférica que tiene que elaborar para cumplir con los objetivos de reducción de emisiones establecidos en la mencionada Directiva.

Contenido de las modificaciones

Con el fin de mejorar aspectos puntuales y trasponer al ordenamiento jurídico español directrices comunitarias, también se modificará el siguiente contenido:

Real Decreto 106/2008, de 1 de febrero, sobre pilas y acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos

Además de añadir algunos apartados en determinados artículos, también se incluyen dos nuevos anexos:

  • Anexo V Ejemplos de instrumentos económicos y otras medidas para incentivar la aplicación de la jerarquía de residuos a que se refiere el artículo 13.
  • Anexo VI Códigos LER nacionales de residuos de pilas, acumuladores y baterías.

Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.

Principalmente se centra en la modificación de determinados artículos y sus apartados. También se modifican los siguientes anexos:

  • Anexo VIII Condiciones de almacenamiento, fracciones de recogida de RAEE y clasificación de los RAEE según códigos LER-RAEE.
  • Anexo XII Contenido mínimo de la memoria resumen anual de los gestores de tratamiento de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos.
  • Anexo XIII Requisitos para los tratamientos específicos de los RAEE.
  • Anexo XIV Objetivos mínimos de valorización y su cálculo.
  • Anexo XIX Ejemplos de instrumentos económicos y otras medidas para incentivar la aplicación de la jerarquía de residuos a que se refiere el artículo 5 bis.


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