…, situación que estaba siendo denegada por los Colegios de Arquitectos al negarse al visado de Proyectos de sus colegiados, donde los Estudios de Seguridad y Salud estaban realizados por Ingenieros Técnicos Industriales.
Dicha Sentenciamanifiesta en el Fundamento de Derecho Segundo, lo siguiente: …….."Y es que el artículo 2 de la Ley 12/86 atribuye a los Ingenieros Técnicos, dentro de su especialidad, la redacción y firma de proyectos que tengan por objeto la construcción, reforma, reparación, conservación, demolición, fabricación, instalación, montaje o explotación de bienes muebles o inmuebles, por lo que esta Sala considera que no existe inconveniente legal alguno para que un ingeniero técnico industrial pueda realizar un estudio de seguridad y salud en el proyecto de una obra de construcción"
Se adjunta Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en archivo adjunto.
Documentos Adjuntos