Entra en vigor la Ley de Industria de Euskadi

Una de los principales objetivos es establecer la inscripción obligatoria en el Registro de Establecimientos Industriales para el ejercicio de una actividad industrial. Su función principal es la de ser el instrumento administrativo destinado a disponer de la información necesaria para la seguridad industrial, así como sobre las actividades industriales y de servicios relacionados con ellas.

Otro punto a tener en cuenta es que en esta Ley se definen los denominados Agentes Colaboradores. Se consideran como tales a aquellas entidades de la Comunidad Autónoma que acrediten la solvencia técnica y financiera e imparcialidad necesarias para el ejercicio de las funciones relacionadas con la Seguridad Industrial. Entre los definidos como Agentes Colaboradores se encuentran los Colegios o Consejos profesionales que tengan legal o estatutariamente atribuidas funciones de colaboración en materia industrial.

Por otro lado, se crea el Consejo Vasco de Seguridad Industrial, adscrito al departamento competente en materia de industria. Este Organo será consultivo y de participación de los sectores representativos de intereses sociales y actividades relacionadas con la seguridad industrial.

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