Esta nueva Orden que se desarrolla en tres capítulos y 8 Anexos determina:
a) Las distintas categorías de Carnés de Cualificación individual y de empresas autorizadas.
b) Las titulaciones de Formación Profesional o cursos de formación autorizados exigibles para cada una de las especialidades de carné de Cualificación individual de instalador autorizado.
c) La equivalencia, a efectos de los carnés de Cualificación individual, de otros títulos de formación profesional reglada.
d) La fijación de la duración y el contenido mínimo de los cursos de formación autorizados.
e) Las exigencias por especialidad y categoría para las empresas autorizadas.
f) La forma y contenido del Carné de Cualificación individual y del certificado de empresa autorizada.
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