Este manual indica la sistemática a seguir para la realización de las inspecciones periódicas de las instalaciones térmicas de calefacción, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria, por parte de los agentes inspectores, organismos de control autorizados, las empresas mantenedoras y las Oficinas Territoriales de Industria, así como las condiciones y elementos a inspeccionar.
Las inspecciones periódicas pondrán ser realizadas por:
a) Un técnico independiente competente para el diseño de instalaciones, que acredite haber superado satisfactoriamente un curso de "inspección de instalaciones térmicas" impartido por una entidad reconocida en la materia, de acuerdo con el Decreto 63/2006, de 14 de marzo, por el que se regulan los carnes de Cualificación individual y las empresas autorizadas en e materia de seguridad industrial.
b) Un Organismo de control autorizado (OCA) para este campo reglamentario en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
El borrador de Manual, lo tienes disponible en la Web, en el apartado de Visado de Proyectos > Proyectos Legislativos.
Si deseas realizar algún comentario o sugerencia al borrador, nos lo puedes hacer llegar al Colegio hasta el próximo 16 de marzo.
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