Relación Ingeniero-Cliente
Habrá que distinguir si se trata de u trabajo destinado a la legalización de una industria cuando ya está instalada o va a cambiar de titular o a la nueva construcción de una nave o edificio industrial.
En ambos casos será una relación contractual regulada en el artículo 1.445 y siguientes del Código Civil, pero la responsabilidad a que dé lugar la firma del contrato puede ser contractual y extracontractual, y por tanto sujeta a lo dispuesto en los artículos 1.101 y 1.902 y siguientes del Código Civil. Seguir leyendo…
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