Se actualiza el Codigo Técnico de la Edificación

Mediante esta disposición se transpone parcialmente al ordenamiento jurídico español, la Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de mayo de 2010, en lo relativo a los requisitos de eficiencia energética de los edificios, establecidos en sus artículos 3, 4, 5, 6 y 7, así como la Directiva 2009/28/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de abril de 2009, en lo relativo a la exigencia de niveles mínimos de energía procedente de fuentes renovables en los edificios, establecida en su artículo 13.

Con esta actualización del Código Técnico de la Edificación se da un paso más hacia el objetivo europeo de conseguir en 2020 edificios nuevos de consumo de energía casi nulo. Además, se define el concepto de "edificio de consumo de energía casi nulo", determinándose el correspondiente nivel de eficiencia energética así como el porcentaje de la energía requerida que deberá estar cubierta por energía procedente de fuentes renovables.

Aplicación de la actualización del CTE
Las modificaciones del Código Técnico de la Edificación aprobadas por esta disposición serán de aplicación potestativa a las obras de nueva construcción y a intervenciones en edificios existentes para las que se solicite licencia municipal de obras en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la presente disposición.

Documentos Adjuntos

  • DB-HE Ahorro de Energía
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